A- de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante William David Gil Tovar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación del principio pro actione
- Admisibilidad
- Distinción entre ámbito de admisibilidad y decisión de fondo
- Derecho político de todo ciudadano
- Admisión y trámite
- Criterios metodológicos
- Criterio de comparación o tertium comparationis
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Súplica formulado contra el auto del 6 de agosto de 2013, proferido por el Magistrado Alberto Rojas Ríos, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad de la referencia, por considerar que el cargo formulado persistía en el incumplimiento de las condiciones argumentativas reclamadas en el auto de inadmisión.
Arguye el recurrente que tanto la demanda como el escrito de subsanación exponen argumentos suficientes, concretos y ciertos acerca de la existencia de un tratamiento discriminatorio injustificado en lo que respecta al derecho de acceso las pensiones entre los servidores públicos del orden nacional y territorial.
La Sala considera que la demanda cumple con los mínimos argumentativos requeridos para que la Corporación adelante un estudio de fondo, particularmente en lo que respecta al juicio de igualdad que propone el actor.
Esto, debido a que ofrece razones suficientes e idóneas para ejercer el control de constitucionalidad, el que está al margen de que las razones sean adecuadas e idóneas para decidir la inexequibilidad de la norma acusada, asunto que se resuelve al momento que se adopte sentencia definitiva.
Se REVOCA el auto recurrido y en consecuencia se dispone que el magistrado Rojas Ríos admita la demanda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el auto del 6 de agosto de 2013, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad de la referencia.
- SEGUNDO. En consecuencia, DISPONER que el magistrado Alberto Rojas Ríos admita la demanda presentada por el ciudadano William David Gil Tovar contra el artículo 151 de la Ley 100 de 1993 "por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones".
- TERCERO. A través de la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR el contenido de esta decisión al recurrente, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- CUARTO. Ejecutoriada esta decisión y por intermedio de la Secretaría General de la Corte, REMITIR el expediente al despacho del magistrado sustanciador, a efectos que admita la demandada mencionada y continúe con el trámite previsto en el Decreto Ley 2067 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.